Instituciones Preuniversitarias

Plan de Supervisión para las escuelas de la UNL

Miércoles 7 de agosto de 2019 / Actualizado el miércoles 7 de agosto de 2019

El Consejo de Enseñanza Preuniversitaria trabaja en la creación de un Plan de Supervisión para las escuelas que busca instalar una nueva dinámica organizacional y operativa.

Tras su aprobación en el Consejo Superior, el Consejo de Enseñanza Preuniversitaria (CEPU) en su última sesión del 2 de agosto dio luz verde a la creación de una comisión que se encargará de elaborar los lineamientos generales e instrumentación del Plan de Supervisión para los Establecimientos Preuniversitarios de la UNL, previsto en los artículos 47 y 48 del Estatuto.

Desde la Secretaría de Planeamiento Institucional y Académico señalaron que "la construcción de un Plan de Supervisión vinculado a las instituciones preuniversitarias en la UNL enfrenta varios desafíos, el más relevante es la instalación de una dinámica organizacional y operativa nueva que, siendo disruptiva de los procesos sedimentados por el tiempo, viene a posicionar un nuevo tipo de vínculo entre Rectorado, las Unidades Académicas y los establecimientos preuniversitarios. Esto conlleva a la construcción de una propuesta dinámica que se integre a partir de procesos de planificación situados y procure articular fuertemente los establecimientos preuniversitarios con la Universidad en su conjunto".

De esta manera, el objetivo es generar un Plan de Supervisión flexible, desburocratizado y de aplicabilidad progresiva, que contempla un rasgo administrativo, un aspecto organizacional y, fundamentalmente, centrado en un enfoque académico.

 

Las funciones del equipo

El equipo de supervisión designado anual o bianualmente actuará como agente de enlace estratégico entre las políticas educativas y su consumación en las aulas. Asumirá la labor de constatar la implementación de los acuerdos curriculares de la política académica, en este caso concertadas en la Universidad y articuladas con el proyecto educativo performateado colegiadamente desde Rectorado a través de la Secretaría de Planeamiento Institucional y Académico y la Dirección del Programa de Enseñanza Preuniversitaria.

También actuará como co-garante de derechos a partir de pensar la Escuela como integradora de los mismos, en el sentido de conocer la realidad particular de cada establecimiento y la relación de dicha institución con la Dirección del Programa de Enseñanza Preuniversitaria y las Facultades de donde depende si así lo fuera.

También oficiará como gestor de comunicaciones y articulaciones para producir colaborativamente información que, por su calidad, permita promover ejercicios de análisis y prospectiva sobre la institución. En tanto, debe constituirse en promotor de nuevos emprendimientos y acciones actuando como generador de nuevas estrategias curriculares.

Para la selección de los supervisores será imprescindible la combinación de periodicidad en el mandato y cualificación académica que lo legitime.

"En definitiva esta propuesta, en el clima del centenario de la Reforma, busca principalmente acercar las instituciones preuniversitarias a un núcleo común de diálogo y de debates y al mismo tiempo procura vincularlas entre sí a partir de posibles programas de intercambios, pasantías y reuniones de coordinación", expresa la normativa aprobada en el Consejo Superior.

En síntesis, el desarrollo de un plan de supervisión habilita el análisis del trabajo institucional de las Escuelas Preuniversitarias al permitir otra mirada de la labor cotidiana, generando aportes que contribuyen a la calidad académica y el mejoramiento funcional de los establecimientos.

 

Actividades generales 

El plan reunirá un conjunto diverso de proyectos, actividades y acciones. La iniciativa y coordinación de las mismas se estructurará desde la Secretaría de Planeamiento Institucional y Académico a través de la Dirección del Programa de Enseñanza Preuniversitaria de la UNL, con acuerdo del Consejo de Enseñanza Preuniversitaria, estableciendo las Líneas de Trabajo de Supervisión que en forma anual o bianual se pondrán a consideración de los Consejos Directivos de las Facultades respectivas y del Consejo Superior.

Las Líneas de Trabajo de Supervisión (LTS) podrían tener inicialmente miradas transversales de tipo institucionales y/o curriculares que deben combinarse a través de otras perspectivas en un ámbito de la Dirección del Programa de Enseñanza Preuniversitaria.

Para cada LTS se proporcionará un instrumento que guíe el desarrollo del plan que contenga siete puntos. A lo largo de todo el proceso se tendrán presentes los planes de estudio vigentes de la titulación y una autoevaluación institucional en relación con las LTS.

 

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