Para la comunidad universitaria
Se reglamentó el Régimen de afectación de haberes
Lunes 8 de julio de 2002
Desde julio habrá un nuevo sistema para las deducciones por préstamos de dinero y consumo, excepto los de salud. Se propone fijar límites para que no se afecte la naturaleza alimentaria de los sueldos del personal.
La Universidad Nacional del Litoral ha aprobado un nuevo sistema para la deducción de obligaciones dinerarias en los haberes, conocidos como “códigos de descuento”. La propuesta surge a partir del reconocimiento de la grave situación por la que atraviesan muchos agentes de la Universidad, quienes al llegar a fin de cada mes cobran 0 (cero) peso o sumas muy inferiores a sus haberes.
La realidad se agrava al tener en cuenta la desvalorización que han sufrido los salarios en los últimos meses a raíz de la devaluación, lo que ha llevado a muchos integrantes de la comunidad universitaria a situaciones límites.
Por estos motivos y teniendo en cuenta las disposiciones que rigen desde el año 2000 a nivel de la Administración Pública Nacional (Decreto 691), se ha dictado la Resolución 199/02 que establece “la conveniencia de fijar topes de deducción de haberes así como de fortalecer el control a fin de mantener el necesario porcentaje del mismos, incólume”.
Además, se explica que “es deber de las instituciones públicas disponer de mecanismos transparentes, tendientes a la organización de fuentes sanas de créditos para su personal”. Este nuevo régimen posibilitará a los agentes que carecen de otra garantía que no sea la sola remuneración de su trabajo personal, “satisfacer necesidades de créditos, sin afectar la naturaleza alimentaria del haber”.
Solamente se computarán dentro de ese porcentaje las “amortizaciones y servicios de préstamo y los pagos por consumo, a excepción de los referidos a servicios de salud”.
Las entidades habilitadas para solicitar deducciones de haberes serán: entidades bancarias y financieras comprendidas en la Ley 21.526, asociaciones gremiales con personería gremial, obras sociales, entidades oficiales, mutuales, cooperativas y cooperadoras; lo cual amplía en un futuro las opciones crediticias para el personal.
Finalmente, se establece un nuevo formato para solicitar la certificación de haberes a la Dirección General de Personal y Haberes, para ser presentado ante las entidades correspondientes.
La realidad se agrava al tener en cuenta la desvalorización que han sufrido los salarios en los últimos meses a raíz de la devaluación, lo que ha llevado a muchos integrantes de la comunidad universitaria a situaciones límites.
Por estos motivos y teniendo en cuenta las disposiciones que rigen desde el año 2000 a nivel de la Administración Pública Nacional (Decreto 691), se ha dictado la Resolución 199/02 que establece “la conveniencia de fijar topes de deducción de haberes así como de fortalecer el control a fin de mantener el necesario porcentaje del mismos, incólume”.
Además, se explica que “es deber de las instituciones públicas disponer de mecanismos transparentes, tendientes a la organización de fuentes sanas de créditos para su personal”. Este nuevo régimen posibilitará a los agentes que carecen de otra garantía que no sea la sola remuneración de su trabajo personal, “satisfacer necesidades de créditos, sin afectar la naturaleza alimentaria del haber”.
Nuevo régimen
El nuevo régimen de deducciones de haberes para cumplimiento de obligaciones dinerarias del personal de la UNL establece que el pago de estos montos no podrá exceder el 40% del salario bruto, previo descuento de las deducciones obligatorias.Solamente se computarán dentro de ese porcentaje las “amortizaciones y servicios de préstamo y los pagos por consumo, a excepción de los referidos a servicios de salud”.
Las entidades habilitadas para solicitar deducciones de haberes serán: entidades bancarias y financieras comprendidas en la Ley 21.526, asociaciones gremiales con personería gremial, obras sociales, entidades oficiales, mutuales, cooperativas y cooperadoras; lo cual amplía en un futuro las opciones crediticias para el personal.
Finalmente, se establece un nuevo formato para solicitar la certificación de haberes a la Dirección General de Personal y Haberes, para ser presentado ante las entidades correspondientes.