Descripción del trámite

Consiste en la opción que los docentes titulares o asociados ordinarios, jubilados y con antecedentes, pueden realizar para continuar como “Profesor Consulto”, cumplidos los 71 años.

Destinatarios del trámite.

Personal docente

Lugar/es donde se realiza

Departamento de Personal de la Unidad Académica donde presta servicios

El trámite paso a paso

Cumplidos los 71 años, los docentes titulares o asociados ordinarios, jubilados y con antecedentes, podrán continuar como “Profesor Consulto”.

La propuesta referida al otorgamiento de la calidad de Profesor Consulto deberá elevarse al Rectorado mediante nota del Decano, acompañada por el consentimiento del profesor interesado al objeto, con más tres ejemplares de su currículum vitae.

Recibida dicha propuesta, se notificará al interesado por medio fehaciente la nómina de evaluadores externos que al efecto aprueba el Honorable Consejo Superior, pudiendo recusar a todos o algunos de los integrantes. La recusación, formulada por escrito, deberá interponerse ante el Rector, quien resolverá la cuestión sin más trámite o previo informe de las oficinas técnicas pertinentes. No habiéndose planteado recusaciones o resueltas y firmes las interpuestas, se procederá a la integración de la Comisión Asesora ad-hoc con tres evaluadores externos pertenecientes al área disciplinar en la que se destaque el docente propuesto. Serán extraídos de la nómina aprobada por el Honorable Consejo Superior a tal efecto; designados por Secretaría Académica o su similar de Ciencia y Técnica, según correspondiera, previa conformidad de Rectorado. Constituida la Comisión Asesora, se le remitirán los antecedentes del profesor propuesto a fin de que emita dictamen en el término de diez (10) días contados a partir de la recepción de los mismos, hallándose facultada a requerir los informes o ampliaciones que estime menester.

Emitido el dictamen, se remitirán las actuaciones a la unidad académica de origen a fin de que su Consejo Directivo evalúe y amerite la designación postulada y, en su caso, proponga al Honorable Consejo Superior-con voto de los dos tercios de sus miembros-la designación del docente como Profesor Titular o Asociado Consulto.

Normativa relacionadas con el trámite

– Ordenanza C.S. 03/05. Profesor consulto
– Resolución Rector 164/06. Profesor consulto-Tramitación

Más información sobre el trámite

Serán requisitos para la designación como Profesor Titular o Asociado Consulto:

1-Revistar en el ejercicio de la cátedra, departamento y/o instituto como Profesor Titular o Profesor Asociado Ordinario al cumplir 71 años de edad y gozar del beneficio jubilatorio en la docencia universitaria o haber incorporado los años de servicio en la Universidad a otra jubilación.

2-Reunir excepcionales y destacados antecedentes docentes, científicos, y de extensión universitaria, además de capacidad pedagógica y de formación de grupos de trabajo. El Consejo Directivo, al elevar la respectiva propuesta, deberá tener particularmente en cuenta los antecedentes de referencia, como así también los vinculados con su participación institucional.

Los Profesores Titulares o Asociados Consulto colaborarán en las tareas docentes tanto en la enseñanza de grado como en la de postgrado y de investigación. Sin embargo, no podrán ejercer la dirección de cátedras, institutos, departamentos, etc.

Los Profesores Titulares o Asociados Consulto conservarán los derechos y deberes del cargo en las condiciones de hasta una dedicación semiexclusiva cuando no se los hubiere designado ad-honorem, durante un lapso de tres años a contar desde su nombramiento. A su vencimiento, este último plazo podrá ser renovado por única vez por otro igual, observándose el mismo procedimiento.

El título de Profesor Titular o Asociado Consulto será conservado de por vida.