Descripción del trámite

Consiste en la elección del régimen jubilatorio por el trabajador que ingresa por primera vez al mercado laboral. Podrá elegir si sus aportes se destinan al Estado (Sistema Público de Reparto) o a una AFJP (Sistema de Capitalización). La opción también se podrá realizar una vez cada cinco (5) años cuando se habilite el período de opción; si el trabajador desea cambiar de sistema jubilatorio.

Destinatarios del trámite

Personal docente
Personal no docente
Personal de apoyo a la gestión
Autoridades superiores
Lugar/es donde se realiza

-ANSES:
Dirección: San Martin 2466
Teléfono: (0342) 4574826
Horario de Atención: 7:00 a 13:00 hs.

-AFJP

El trámite paso a paso

Opción por primera vez:
Si opta por el sistema de Reparto deberá:
– Completar el formulario PS 1.22 “Opción por Régimen de Reparto” con los datos del trabajador.
– Presentar el formulario en la DGPyH que gestionará el trámite ante la ANSES y posteriormente le devolverá la constancia firmada por ANSES y el empleador.
Si opta por una AFJP deberá:
– Realizar el trámite ante la AFJP elegida.
– Presentar la constancia de la opción en la DGPyH.
Si por alguna causa no realiza la opción dentro de los 90 días corridos a partir de la fecha de ingreso al trabajo, pasará al Régimen de Reparto.

Opción de traspaso de AFJP a Reparto:
– Acceder a la página www.opcionjubilatoria.gov.ar, ingresar su CUIL/CUIT, actualizar los datos; imprimir tres copias y dirigirse a la sucursal de Correo Argentino u OCA con DNI y fotocopia de 1º y 2º hoja.
– El empleado postal recibe la documentación, hace firmar al trabajador dos formularios en su presencia y le entrega uno al trabajador sellado por el correo, lo que le servirá de comprobante. Este trámite es gratuito.
– Presentar una copia de la constancia de opción en la DGPyH.
Si no cuenta con acceso a internet, puede realizar el trámite en las delegaciones de ANSES.
Esta opción se podrá realizar una vez cada cinco años, cuando se habilite el período de opción.

Opción de traspaso de Reparto a AFJP:
– Tramitar la opción de cambio en la AFJP elegida.
– Presentar en la DGPyH la constancia de opción.
Esta opción se podrá realizar una vez cada cinco años, cuando se habilite el período de opción.

Formularios del trámite

PS 1 22

Documentación que se debe presentar

Fotocopia de 1º y 2º hoja del DNI

Normativa relacionadas con el trámite

– Ley P.E.N. 24241/1993. Sistema integrado de jubilaciones y pensiones.
– Ley P.E.N. 26222/2007. Sistema integrado de jubilaciones y pensiones.

Más información sobre el trámite

Sistema Público de Reparto: es el régimen previsional público del Estado basado en el principio de solidaridad. Se financia con recursos provenientes del pago de aportes y contribuciones previsionales, además de impuestos que se recaudan para tal fin.

Sistema de Capitalización: es el régimen administrado por las AFJP, en el que los aportes de cada trabajador se acumulan en cuentas individuales de capitalización. La jubilación de un trabajador dependerá de los aportes efectuados durante su vida laboral, más la capitalización obtenida.

Se podrá cambiar de régimen al cual se está afiliado una vez cada cinco años, cuando se habilite el período de opción.

Podrán optar por el régimen de Reparto toda aquella persona mayor de 18 años que realice aportes como trabajador autónomo o bajo relación de dependencia. Los jubilados no pueden realizar la opción.