Descripción del trámite

Consiste en iniciar el trámite de percepción de la pensión en caso de muerte del jubilado, del beneficiario de retiro por invalidez o del afiliado en actividad, por parte de quien cumpla con los requisitos:

– Viuda/o del causante.
– Conviviente del causante: deberá acreditar haber convivido públicamente en aparente matrimonio durante por lo menos cinco (5) años inmediatamente anteriores al fallecimiento. Dicho plazo se reduce a dos (2) años cuando existan hijos reconocidos por ambos convivientes.
– Hijo/a soltero hasta 18 (dieciocho) años y que no goce de otro beneficio.
– Hija viuda hasta 18 (dieciocho) años y que no goce de otro beneficio.
– Hijo/a incapacitado sin límite de edad, si al momento del fallecimiento del causante se encontraban incapacitados para el trabajo y a cargo del causante o incapacitados a la fecha en que cumplieran dieciocho (18) años de edad.

Destinatarios del trámite

Otros
Lugar/es donde se realiza

Dirección General de Personal y Haberes (DGPyH) ó Departamento de Personal de la Unidad Académica donde presta servicios.

El trámite paso a paso

En caso de muerte del afiliado en actividad:

1- El beneficiario deberá solicitar la Certificación de Servicios y Remuneraciones y el Cese de Actividad mediante la presentación de una nota por Mesa de Entrada del lugar donde presta servicios.

2- Retirar de la DGPyH la certificación debidamente cumplimentada. Cabe aclarar que se certificarán los últimos 5 años de aportes y todos los servicios.

3- Solicitar turno en ANSES (en caso de jubilación por el Régimen de Reparto) ó presentarse en la AFJP (en caso de jubilación por el Régimen de Capitalización).Para efectuar la solicitud de turno en ANSES, deberá, sin excepción, contar previamente con sus datos personales acreditados en la base de ANSES, incluyendo el código postal. El turno en ANSES puede solicitarse vía Internet, accediendo a la página: http://www.anses.gov.ar/autopista/Serv_publicos/turnos_solicita.htm. Al finalizar el procedimiento, el sistema otorgará un número de registro, el cual deberá conservar para obtener la información del día y el lugar del turno asignado.

4- Presentar en la fecha del turno otorgado en ANSES ó en la AFJP, la documentación solicitada por estos organismos para el inicio del trámite.

5- Una vez notificado por la ANSES ó la AFJP que ha obtenido el beneficio, deberá concurrir personalmente a la DGPyH, Sección Seguros para realizar la opción de continuidad en el Seguro Colectivo Privado.

6- Fotocopiar la documentación otorgada por el trámite de jubilación para ser presentada en el Servicio de Complemento de la UNL, para acceder al complemento de jubilación.

En caso de muerte del jubilado ó del beneficiario de retiro por invalidez:

– Solicitar la pensión por fallecimiento en la ANSES ó en la AFJP.

Formularios del trámite

Nota de Certificación de Servicios y Remuneraciones
Nota de Solicitud de Cese de Actividad

Documentación que se debe presentar

Nota de solicitud de certificación de servicios y remuneraciones

Nota de solicitud de cese de actividad.

Fotocopia de la Resolución que concede el beneficio jubilatorio.

Normativa relacionadas con el trámite

– Ley P.E.N. 24241/93. Sistema integrado de Jubilaciones y Pensiones
– Ley P.E.N. 24016/92. Régimen de Jubilaciones y Pensiones del Personal Docente.